Vista la necesidad derivada de la complejidad de regular la situación administrativa en materia de vertidos en el municipio, dónde se precisa asistencia jurídica para la realización de actuaciones. Vista la oferta solicitada al despacho y consultoría jurídica ECOURBAN, por distintos servicios referidos a consultoría y asesoramiento jurídico y de ser preciso defensa judicial. Una vez solicitadas oferta y realizada retención de crédito con cargo al Presupuesto del presente ejercicio estimativa sobre el gasto máximo realizable por el servicio.Visto que el importe es inferior al umbral establecido para la contratación menor y que el plazo es inferior al año.Cumpliendose los requisitos establecidos en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-Completado el expediente, y de conformidad con la competencia que tengo atribuida según el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, y el artículo 21.1.K) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
RESUELVO:
PRIMERO. – Autorizar y disponer el gasto correspondiente a la adjudicación de la contratación del referido servicio con cargo al vigente Presupuesto municipal del año 2021.
SEGUNDO. - Adjudicar el contrato menor de servicio jurídicos de representación y defensa para dicho servicio al despacho de abogados y consultores ECOURBAN (B24407983) por importe de seis mil novecientos euros (6.900,00 €), y mil cuatrocientos cuarenta y nueve euros (1.449,00 €) correspondientes al IVA (21%), total: ocho mil tres cientos cuarenta y nueve euros (8.349,00 €).
TERCERO. - Una vez realizado el servicio, incorpórese la factura correspondiente, de acuerdo con el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, y tramítese el reconocimiento de la obligación y pago, si procede.
CUARTO. - Notifíquese la presente resolución al contratista adjudicatario, con indicación de los recursos que sean procedentes y requerimiento para la firma del contrato.
QUINTO. - Publicar la adjudicación, así como dar cuenta al Pleno en la siguiente sesión que se celebre.